Normas convivencia

Exponemos aquí a modo de resumen las normas de convivencia y determinados aspectos que alumnos y padres deben conocer.

Normas de convivencia

  • Las normas de convivencia del Centro, recogidas en las Normas de Organización y Funcionamiento, están basadas en el Decreto número 16/2016 de 9 de marzo por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • El mencionado Decreto proporciona un marco equilibrado de convivencia que garantiza el ejercicio de los derechos de los alumnos y promueve el cumplimiento de sus deberes.
  • Todos los alumnos tienen los mismos derechos y obligaciones, sin más distinciones que las derivadas de su edad y de la enseñanza que estén cursando.
  • Ningún alumno/a podrá ser corregido por conducta contraria a las normas de convivencia del Centro no tipificadas en las Normas de Organización y Funcionamiento o en el Decreto mencionado en el artículo anterior.
  • El incumplimiento de las Normas de Convivencia deberá ser valorado considerando la situación y las condiciones personales del alumno/a.
  • El Director favorecerá la convivencia en el Centro y adoptará las medidas preventivas necesarias para garantizar tanto los derechos de los alumnos como el cumplimiento de sus deberes y para impedir la comisión de hechos contrarios a las normas de convivencia en el centro.
  • Los profesores de cada grupo, coordinados por el tutor, constituyen el Equipo Educativo responsable, en primera instancia, de la prevención de conflictos y del respeto a las normas de convivencia en el aula y en el resto de dependencias del Centro.
  • La resolución de conflictos y la imposición de medidas correctoras corresponde al Director, o por delegación de éste, a los profesores.
  • Los alumnos seguirán las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje con el debido respeto y consideración.
  • Se podrán corregir los actos contrarios a las normas de convivencia del Centro producidos en el recinto escolar o fuera de él, cuando las actuaciones realizadas por los alumnos estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar o afecten a sus compañeros o a otros miembros de la Comunidad Educativa.
  • Las faltas de disciplina se recogen en los partes de amonestación.

Funcionamiento en el interior del edificio

  • En los cambios de clase los alumnos/as permanecerán dentro de sus aulas. Cuando tengan que cambiar de aula, se desplazarán por los pasillos en silencio, sin voces o acciones que perturben el normal desarrollo de la vida del Centro.
  • Se prohíbe expresamente permanecer en las aulas o dependencias del Centro durante los recreos, si no es con la presencia de un profesor.
  • En el Centro sólo se podrá comer en la cafetería y en los patios.
  • Los alumnos/as que, individual o colectivamente, causen daño de forma intencionada o por negligencia, quedarán obligados a reparar el daño en horas no lectivas, y a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Cuando no se conozca el autor, el grupo con su Tutor adoptará las medidas necesarias para reparar el daño producido.
  • Se prohíbe la utilización de teléfonos móviles en el Centro o sus dependencias, salvo contadas excepciones y siempre con la autorización del profesor.
  • Los alumnos están obligados a llevar siempre consigo el carné del Instituto y a mostrarlo para su salida del centro y en el caso de que algún profesor o conserje se lo pidiera.
  • Los alumnos deberán devolver el boletín de notas debidamente firmado en un período máximo de una semana desde su entrega por parte del Tutor.

Salidas del Centro

  • Los alumnos no pueden salir del Centro durante el horario lectivo y recreos especialmente, salvo casos excepcionales y justificados. Estos casos deberán ser comunicados a Jefatura de Estudios.

Conducas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro

  • Las conductas graves y muy graves para la convivencia en el Centro se corregirán mediante la instrucción de un expediente disciplinario.
  • Son conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro
  • Los actos graves de indisciplina, injuria u ofensa contra los miembros de la comunidad educativa.
  • La reiteración de conductas contrarias a las Normas de Convivencia.
  • La agresión grave, física o moral, la discriminación grave a cualquier miembro de la comunidad educativa, así como la falta de respeto a la integridad y dignidad personal.
  • La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la alteración o sustracción de documentos académicos.
  • Los daños graves causados por el uso indebido o intencionado de los locales, material o documentos del Centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.
  • Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, consumo de drogas, peleas, o la incitación a las mismas.
  • La introducción en el Centro de objetos y sustancias peligrosas o perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
  • El incumplimiento de las sanciones impuestas.
  • Ningún alumno puede ser objeto de repetidos ataques o persecución física y/o psicológica (BULLYING); en caso de la más mínima sospecha de que se produce tal situación, se comunicará inmediatamente a la Dirección del Centro.
  • Se prohíbe expresamente grabar y difundir actos vejatorios, violentos o violar la intimidad de las personas.